Búsqueda:  
  » Ir a búsqueda avanzada

Inicio
Derecho Administrativo
Daños y perjuicios
Derecho Laboral y Relaciones del Trabajo
Derecho Penal y procesal

Iniciar sesion
Usuario
Contraseña
  
Regístrese
Conéctese con nuestro departamento de ventas:
ventas@novatesis.com.ar


Revista Daños y Perjuicios 97

Staff

» Síntesis de Jurisprudencia
Prescripción de las acciones contra el Estado (municipal, provincial o nacional y sus reparticiones)
Autoría:
Resumen:

» ver nota completa
Responsabilidad del Estado. Nulidad de acto administrativo. Baja sin causa de una docente
Autoría:
Resumen:

» ver nota completa
Daños y perjuicios derivados de un copropietario hacia el consorcio. Ejercicio abusivo del derecho de propiedad. Arts. 2513 y 1071 del CC
Autoría:
Resumen:

» ver nota completa
Derecho a la educación. Obligación estatal
Autoría:
Resumen:

» ver nota completa
Promesa de trabajo en un programa televisivo. Incumplimiento. Daños y perjuicios
Autoría:
Resumen:

» ver nota completa
» Doctrina
ANÁLISIS METODOLÓGICO DE UNA SENTENCIA. LA REALIDAD SOCIAL, ECONÓMICA Y CULTURA SUBYACENTE
Autoría: Caballero de Aguiar, Maria Rosa
Resumen:
Sumario: I. Introducción. II. Los hechos. III. Abordaje dogmático. IV. Abordaje epistemológico. V. Fundamento doctrinario. VI. Análisis de lenguaje. VII. Conclusión.
» ver nota completa
EL AMPARO COLECTIVO
Autoría: García, Alejandro Wenceslao
Resumen:
Sumario: I. Objeto del amparo colectivo. II. Alcance de los intereses difusos. “Concepto válvula”. III. Amparo colectivo y democracia participativa. IV. Algunos precedentes de interés. V. La ley 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. VI. Conclusión.
» ver nota completa
EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PENAL POR LA VICTIMA. ALGUNOS INTERROGANTES QUE SE PLANTEAN A LA LUZ DE TARIFEÑO, MARCILESE, MOSTACCHIO Y SANTILLÁN
Autoría: Grisetti, Ricardo
Resumen:
Sumario: I. Introducción. II. Las decisiones jurisprudenciales. El debate. III. Síntesis de las posiciones doctrinarias y jurisprudenciales. IV. Oposición de la víctima al archivo de actuaciones. V. Conclusión.
» ver nota completa
LA CUESTIÓN EN TORNO A LA OPONIBILIDAD DE LA FRANQUICIA AL TERCERO DAMNIFICADO EN EL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DE AUTOMOTORES DEL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS.
Autoría: Chari, Marcos A. J.
Resumen:
Sumario: I. Introducción. II. Delimitación de la cuestión y marco normativo. III. La oponibilidad de la franquicia. La posicion de la doctrina “clásica”. IV. La inoponibilidad de la franquicia. Nuevas concepciones en la doctrina y jurisprudencia. V. Conclusión.
» ver nota completa
PRESCRIPCIÓN DE LAS ACCIONES DERIVADAS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Autoría: Abud, Nicolás E. J.
Resumen:
Sumario: 1. Introducción. 2. Concepto de prescripción. 3. Cómputo de los plazos. 4. Prescripción aplicable a las acciones derivadas de accidentes de tránsito. 5. Suspensión del curso de la prescripción. 6. Interrupción de la prescripción. 7. Conclusiones finales.
» ver nota completa
» Jurisprudencia Comentada
ACCIDENTE CON FALLECIMIENTO DE PERSONA. RESPONSABILIDAD POR CONDUCCIÓN DESAPRENSIVA. CONCAUSA PASIVA POR ILUMINACIÓN DEFICIENTE
Autoría: Salvati, María Gabriela
Resumen:
Bibliografía: Ghersi - Francescut - Zentner, Responsabilidad por el transporte, Ed. Cathedra.

Sumario:
1. Cuando durante la circulación vial existen bancos de niebla es necesario que los conductores adapten su manejo a esa situación que limita la visibilidad y la maniobrabilidad.
2. La deficiencia en la iluminación por Dirección de Vialidad es concausa en un determinado porcentaje al acaecimiento del accidente, pero no en su totalidad, de tal forma que ello debe reflejarse en la responsabilidad de las partes.
3. La cuantificación de la vida humana debe ser relacionada con características económicas, sociales y culturales anteriores del fallecido y su relación de manutención con los damnificados.
» ver nota completa
ACCIDENTES DE TRÁNSITO. LA CONDUCTA DEL PEATÓN
Autoría: Hairabedian, M. Anabella /Rodríguez Lill, Noelia R.
Resumen:
Bibliografía: Sansó - Sansó, Tratado práctico de responsabilidad civil, Ed. Nova Tesis. Ghersi y colaboradores, Accidentes de tránsito, Ed. Universidad.

Sumario:
1. Cuando los testigos son contradictorios en sus dichos no resulta posible acordarles mayor credibilidad.
2. A pesar de que un peatón se cruce en una ruta, es necesario establecer si el conductor con el dominio del rodado pudo haber realizado una maniobra de esquive, y en ello debe determinarse la distancia entre el automotor y el peatón.
3. En ausencia de una prueba concreta sobre la conducta ilícita del peatón, debe aplicarse la presunción del art. 1113 del Cód. Civil, sobre la responsabilidad del conductor del automotor.
» ver nota completa
La obligación de seguridad en las rutas. Iluminación deficiente
Autoría: Grasso, Analía E.
Resumen:
Bibliografía: Ghersi - Weingarten. Contrato de peaje. Ed. Universidad.

Sumario:
1. La obligación de seguridad en rutas y caminos depende de la eficiente señalización; iluminación, etc. y ello es responsabilidad de Vialidad Nacional (incluidas las empresas de peaje) cuando se encuentra bajo su jurisdicción y control.
2. La falta de iluminación posibilitó el accidente por el cual la moto del actor impactó contra un automotor.
3. La ausencia de iluminación y su deficiente estado, son causa o al menos concausa en la producción del accidente.
4. Deben considerarse como autónomos el daño moral y el tratamiento psicológico.
» ver nota completa
TRANSPORTE BENÉVOLO. RESPONSABILIDAD DEL TRANSPORTISTA Y DUEÑO DEL AUTOMOTOR. APLICACIÓN DEL ART. 1069 DEL CC. DISMINUCIÓN DE INDEMNIZACIÓN. REQUISITOS
Autoría: Quaratino, Romina Soledad
Resumen:
Bibliografía: Ghersi, Carlos A., Accidentes de tránsito, Vol. III (Transporte benévolo). Ed. Universidad

Sumario:
1. La aceptación a transportar a una persona gratuitamente implica aceptar las obligaciones y la consiguiente responsabilidad que establece el art. 1113 del Cód. Civil.
2. Los progenitores son legitimados para reclamar los gastos que realizaron en la curación de su hija que es la victima y damnificada directa.
3. Los gastos de reemplazo de ama de casa deben ser fehacientemente probados, con el costo que significa suplir a la persona que desea la reparación de ese daño.
4. La incapacidad física y psicológica, al igual que el daño moral, debe ser acreditada y probada mediante la prueba de profesionales de la salud.
5. A la reducción de la indemnización del art. 1069 del Cód. Civil, puede accederse previo la prueba de: a) ausencia en el dolo del responsable; b) situación patrimonial de relativa penuria del mismo; c) que el damnificado no se encuentra en igualdad de dificultad económica.
» ver nota completa
» Jurisprudencia seleccionada
Accidente de Trabajo. Prescripción. Interrupción
Autoría:
Resumen:
Bibliografía: Caballero de Aguiar - Ghersi, Prescripción liberatoria y adquisitiva, Ed. Cátedra.

Sumario:
1. Excepción de Prescripción — Para que opere el instituto de la prescripción liberatoria, los arts. 3949 y 4017 del Cód. Civil establecen como requisitos: 1°) que haya transcurrido el lapso de tiempo que corresponda, y 2°) que exista silencio o inacción por parte del interesado en ejercer su derecho. Y dentro de esta última condición, cabe también la inexistencia de alguna causal interruptiva o suspensiva. Existe coincidencia normativa en que el plazo prescriptivo es de dos años, ya sea por la vía del art. 4037 del CC o el art. 258 del RCT. La demanda no ayuda a establecer desde cuándo se produjo la determinación de la incapacidad.
2. Incapacidad derivada de accidente de trabajo — Aquí estamos en presencia de una acción que persigue la reparación integral de una serie de patologías que el actor atribuye como producidas por las tareas efectuadas (enfermedad profesional). Alcances de la validez del certificado médico. En un sistema como el que instaura la Ley de Riesgos del Trabajo, en donde existe un desplazamiento de la responsabilidad —del empleador hacia otra empresa, la aseguradora— no es lícito que se deba andar adivinando si ese porcentaje de incapacidad que se denuncia se corresponde con patologías que ingresan dentro del sistema normativo o no. La claridad en ese sentido debe ser de quien acusa la existencia de las patologías.
3. Recurso de apelación — Los pasos dados por el actor son equívocos, ya que no es cierto que su misiva haya tenido efectos interruptivos de la prescripción, ya que no le endilga responsabilidad alguna al ex empleador por las patologías. El art. 3986 del CC no pude ser en principio interpretado con una amplitud tal que lleve a considerar “demanda” a cualquier petición. Claramente está dando a entender que es la demanda en términos procesales. Corresponde hacer lugar al recurso de apelación planteado por la parte demandada.

» ver nota completa
» Jurisprudencia Destacada
Contrato de garaje. Obligación objetiva de seguridad
Autoría:
Resumen:
Bibliografía. Ghersi - Weingarten (directores), Código Civil Comentado y anotado con Jurisprudencia: art. 1198, vol. I y ley 24.240, vol IV. 2ª ed., Ed. Nova Tesis, Rosario.

Sumario:
1. A fin de delimitar adecuadamente el marco normativo que habrá de fijar el cauce para dar solución a la cuestión que motivó esta convocatoria a plenario, se torna necesario atender aquí a la calificación del vínculo contractual que une a las partes en la relación de garaje, a fin de precisar las consecuencias jurídicas que de ella pueden derivarse.
2. La cuestión atinente a la tipificación del contrato de garaje ha dividido a la doctrina y a la jurisprudencia.
En efecto, sobre la base de considerar que el deber esencial que asume el garajista es asegurar la custodia o guarda del vehículo durante el tiempo que éste permanece en el garaje, su conservación y restitución en el estado en que fue entregado, un prestigioso sector de la doctrina afirmó que el contrato de garaje es una especie del contrato de depósito.
3. Es esencial a la obligación del garagista la obligación de seguridad. Art. 1198 del Cód. Civil y art. 5 de la Ley 24.240.
» ver nota completa
INUNDACIONES. RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTóNOMA DE BUENOS AIRES
Autoría: Ghersi, Carlos
Resumen:
Bibliografía: Ghersi - Rossello - Hise, Derecho de daños, Vol. I: Responsabilidad del Estado.

Sumario:
1. La responsabilidad del Estado puede ser por acción u omisión.
2. Cuando un hecho (inundaciones) ocurre reiteradamente, el Estado está obligado a solucionar el problema.
3. El Estado es responsable por no llevar a cabo las obras de escurrimiento.
» ver nota completa

Revistas anteriores

Para REGISTRARSE contactarse con nuestro departamento de ventas: ventas@novatesis.com.ar