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Revista Daños y Perjuicios 44

Staff

» Jurisprudencia Comentada
RESPONSABILIDAD del abogado
Autoría: Anders, Miriam /Scheil, Bárbara /Zarzoso, María
Resumen:
1. Caducidad de instancia
Bibliografía: Ghersi, Carlos y colaboradores. Responsabilidad profesional, Vol. I. Ed. Astrea; Ghersi, Carlos y colaboradores, Responsabilidad de los abogados. Ed. Zavalía; Trigo Represas, Félix, Responsabilidad de los abogados, Ed. Hammurabi.

Sumario: 1. Letrado patrocinante e inactividad procesal. Es responsable el letrado patrocinante por el daño causado al cliente por la inactividad procesal que derivó en la declaración de caducidad de la instancia en un juicio; en el caso, se reclamaba la reparación del daño sufrido a raíz de un accidente de tránsito.
2. Derecho de chance y frustración de la acción por caducidad. La reparación que corresponde otorgar a quien perdió un juicio por omisión del letrado patrocinante que dejó caducar la instancia, debe consistir en la pérdida de chance, a cuyo respecto debe demostrarse que se frustró en forma definitiva la acción del proceso que dio lugar a la caducidad.
3. Extensión de la reparación del derecho de chance. El cliente que pierde un juicio por la caducidad de instancia declarada por negligencia del abogado que lo asistió, no puede pretender una indemnización igual a la suma reclamada en aquel proceso (daño sufrido a raíz del accidente) toda vez que por depender en alguna medida de circunstancias ajenas al abogado no puede saberse a ciencia cierta si la sentencia hubiera reconocido la totalidad de lo pretendido.
4. Cuantificación económica del derecho de chance. La valuación económica de la pérdida de chance que corresponde otorgar al cliente que perdió un juicio por caducidad de instancia, requiere realizar un cálculo de las probabilidades que tenía de ganar el juicio, teniendo en cuenta el estado del expediente al momento de la caducidad.
5. La eximición de responsabilidad del abogado. El abogado que pretende eximirse de responsabilidad, debe acreditar fehacientemente que rescindió la relación profesional antes de operarse la caducidad, ya que el profesional es experto y conoce las alternativas científicas de su profesión.
6. Categoría de daño resarcible y evaluación en concreto. La categoría de daño resarcible en el caso del letrado patrocinante sólo puede consistir en la pérdida de chance o posibilidad de éxito, y debe evaluarse en cada caso concreto.
7. Prescripción de la responsabilidad del abogado. Cuando se cuestiona la existencia de la responsabilidad civil del abogado resultante del mal cumplimiento de sus obligaciones que asumió convencionalmente, el plazo de prescripción aplicable es de diez años previsto por el art. 4023 del Código Civil.
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» Jurisprudencia seleccionada
BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Y ACCESO A LA JUSTICIA
Autoría:
Resumen:
Bibliografía: Gozaini, Alfredo, Manual de Derecho Procesal, Ed. Aguiar, 2002.

Sumario: 1. Acceso efectivo a la jurisdicción. La Constitución Nacional y los Tratados Internacionales incorporados en la reforma de l994, preservan el derecho de todos los ciudadanos y habitantes al acceso efectivo a la jurisdicción, como modo de resolución de conflictos.
2. Los gastos iniciales del pleito y la relación con las entradas económicas del requirente que son exiguas. Los gastos iniciales (tasa de justicia, etc.) de un pleito, deben ser dejados a un lado cuando su pago implica la privación del requirente de bienes indispensables como su única vivienda y sus entradas solo cubren las necesidades básicas de consumo de supervivencia con dignidad humana.
3. La importancia del tipo de pleito en el que se concede el beneficio. La necesidad de conceder el beneficio de litigar sin gastos (total o parcial) no solo tiene que ver con la falta de recursos económicos del requirente, sino tambien con el tipo de acción, así por ejemplo un accidente de tránsito que priva a la dañada de su óptimo estado de salud.

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» Novedades bibliográficas
Código Procesal Penal de la Nación, de Guillermo Rafael Navarro y Roberto Raúl Daray
Autoría: Báez, Julio C.
Resumen:

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