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Derecho Penal y Procesal Penal 9

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» Síntesis de Jurisprudencia
Cambio de calificación legal: de homicidio simple a homicidio en riña
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Defensa en juicio. Omisión de motivar el recurso de apelación. Revocación de oficio de la designación del defensor. Posibles pérdidas de derechos en perjuicio del imputado
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Ejecución penal. Libertad condicional. Observación regular de los reglamentos carcelarios. Carácter no vinculante de los informes criminológicos penitenciarios
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Funcionario público: delito de peculado
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Probation: ampliación de la suspensión ya agotada
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Suspensión del juicio a prueba: nuevo delito. Interpretación del artículo 76 ter, sexto párrafo del CP
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» Doctrina
Algo más sobre el rol de la víctima en el proceso penal1
Autoría: De Luca, Javier Augusto
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Sumario: 1. Los discursos y la realidad. 2. Poder Punitivo. 3. Etapas en la jurisprudencia de la Corte. 4. Una clasificación. 5. Un proceso sin fiscal acusador. 6. Conclusiones e ideas.
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El derecho penal VIP: los delitos “de cuello blanco” en el derecho penal argentino
Autoría: Benítez, José Carlos
Resumen:
sumario: i. el estado actual. la manera de construir ciertas realidades es la manera de encubrir otras realidades. ii. El proceso de hacer las leyes. 1. Características de los delitos de cuello blanco. 2. El código penal: una opción de política criminal vetusta o primitiva. III. El proceso de quebrar las leyes. 1. La igualdad de armas: una utopía. IV. El proceso de reaccionar contra quien ha quebrado las leyes. 1. El hombre de negocios y su consideración social en la sociedad occidental. V. Reflexiones finales.
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EL SISTEMA PENAL Y EL ROL DE LA UNIVERSIDAD EN SU TRANSFORMACIÓN 1
Autoría: Juliano, Mario Alberto
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LA POLÍTICA CRIMINAL EN LA ERA DE LA GLOBALIZACIÓN, LA POSMODERNIDAD Y EL NUEVO ORDEN MUNDIAL.
Autoría: Sueiro, Carlos C.
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MECANISMOS DE SOSTENIBILIDAD DE LAS REFORMAS LEGALES Y JUDICIALES EN PAÍSES EN DESARROLLO. Principios y lecciones aprendidas a través de la experiencia internacional
Autoría: Buscaglia, Edgardo
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Sumario: 1. La utilidad del análisis económico del derecho. 2. Análisis económico de las fuentes reales del derecho. 3. Análisis económico de los sistemas de justicia. 4. Deficiencias principales en los sistemas de justicia: medidas correctoras. 5. la jurimetría como instrumento de reformas legales y judiciales. 6. Conclusión
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» Jurisprudencia Comentada
Un fallo interesante para reflexionar: ¿Hubo tipicidad, atipicidad, error de tipo, de prohibición indirecto o de tipo permisivo?
Autoría: Chaia, Rubén
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» Jurisprudencia Temática
Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. III
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad ofensiva en el caso (tesis objetiva).Con armas. Botella de vidrio y baldosa.
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. VI
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es solamente aquello que puede ser considerado tal en sentido técnico. Caso I
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es solamente aquello que puede ser considerado tal en sentido técnico. Caso II
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es solamente aquello que puede ser considerado tal en sentido técnico. Caso III
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad ofensiva en el caso (tesis objetiva). Arma de juguete. Agravante (art. 166, inc. 2 CP)
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento que sirve para aumentar el poder ofensivo del autor, como para generar un peligro para la integridad física o la vida del sujeto pasivo
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima II
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. I
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. V
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva). Menor. Procesamiento.
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA. Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva).Con armas. Palo de madera. Arma impropia. Procesamiento.
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad ofensiva en el caso (tesis objetiva). Arma impropia: Caña
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad ofensiva en el caso (tesis objetiva). Navaja. Finalidad del legislador
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad ofensiva en el caso (tesis objetiva).Arma impropia. Robo. Bufanda
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento del cual puede decirse ex ante que posea una capacidad. Falta de secuestro. Procedencia de la agravante del inc. 2 del art. 166, del CP
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que sirve para aumentar el poder ofensivo del autor, como para generar un peligro para la integridad física o la vida del sujeto pasivo
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que sirve para aumentar el poder ofensivo del autor, como para generar un peligro para la integridad física o la vida del sujeto pasivo
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que sirve para aumentar el poder ofensivo del autor, como para generar un peligro para la integridad física o la vida del sujeto pasivo
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que sirve para aumentar el poder ofensivo del autor, como para generar un peligro para la integridad física o la vida del sujeto pasivo
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. IV
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento que, sin importar el material con que esté construido, se encuentra destinado y es usado en el caso concreto para dañar o herir a la víctima. VII
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva).
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva). Elemento filoso.
Autoría:
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva). Robo. Agravantes. Destornillador
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva).Arma impropia: jeringa supuestamente infectada con H.I.V.
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva).Robo con armas. Artículo 166, inciso 2° del C.P.
Autoría: Namer, Sabrina
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ROBO CON ARMAS. ARMA IMPROPIA.Arma es todo elemento utilizado por el autor con el fin de lograr para sí mayor poder ofensivo (tesis subjetiva).Robo. Cortaplumas: arma impropia.
Autoría: Namer, Sabrina
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» Jurisprudencia seleccionada
EJECUCIÓN PENAL. LIBERTAD CONDICIONAL: PROCEDENCIA
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Sumario:
1.— Los Jueces de Ejecución deben observar en sus resoluciones el principio de judicialización penal reconocido por la Ley Penitenciaria Nº 24.660 —arts. 3 y 4—, según la interpretación de la CSJN.
2.— Dentro de ello cabe reparar en que la libertado condicional resulta ser un derecho del condenado, no un acto graciable o discrecional de los jueces.
3.— La observancia regular de los reglamentos carcelarios se cumple cuando el interno se ajusta a las prescripciones que rigen en la convivencia carcelaria, lo cual se considera alcanzado si no ha cometido en un tiempo anterior razonable faltas graves o reiteradas.
4.— Debe ser apreciado también si el interno logró moderados grados de avance en el proceso progresivo de resocialización vinculado a la finalidad de prevención especial perseguido con la ejecución de la pena privativa de la libertad, a través de lo cual podrá conjeturase que no representará un riesgo para sí o para la sociedad.
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Estupefacientes: Tenencia para consumo personal
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Sumario: Se declara atípica una conducta de tenencia de estupefacientes para consumo personal que no trascendió de la esfera privada del sujeto activo.
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PROCESO PENAL. DECLARACIÓN INDAGATORIA. DETENIDO QUE DECLARA ESPOSADO.
Autoría:
Resumen:
Sumario:
Para dar respuesta al agravio debemos recordar que la acordada número 1438/94 del día 22 de septiembre de 1994 aprueba el Manual de procedimientos y normas operativas de la Unidad 28, cuyo artículo 81 establece que «una vez arribado el detenido en comparendo al juzgado correspondiente, el agente custodia anunciará su presencia y permanecerá junto al detenido sin quitarle las esposas salvo que sea solicitado expresamente por la autoridad judicial competente, ante esto procederá a quitarle las esposas permaneciendo el detenido en todo momento a la vista de su custodia.
En consecuencia, la acordada no establece cuáles son los casos en los que los jueces pueden disponer que los detenidos permanezcan esposados, siendo ello una facultad discrecional que debe resolverse atendiendo a las particulares características del caso, como por ejemplo el comportamiento adoptado por el imputado en la sede del Tribunal.
Ahora bien, de las constancias del legajo no se desprende el motivo por el cual el juez instructor decidió mantenerlo esposado. Así del acta de fs. 64/65, surge que el a quo no accedió a la solicitud de la defensa de que se le quitaran las esposas, remitiéndose a lo establecido por la acordada mencionada sin siquiera mencionarse las causas que, a su criterio, ameritaban continuar la declaración en tales circunstancias.-
Si la decisión de que el imputado permanezca esposado —aún cuando no se encuentra discutida su discrecionalidad— no ha sido debidamente fundada explicando los motivos que llevaron a adoptar tal temperamento, resulta entonces arbitraria, habiéndose vulnerado el derecho de defensa en juicio, ya que Chaparro no ha podido efectuar su descargo libremente en su persona, como lo dispone el art. 296 del C.P.P.N.
Por dichas consideraciones, corresponde declarar la nulidad de la declaración indagatoria de fs. 64/65 y, en consecuencia, del auto de mérito de fs. 110/112 y de lo decidido por esta Sala.
En atención a las particulares características de la nulidad dispuesta y a la arbitrariedad con la que el magistrado denegó la petición de la defensa, consideramos que debe ser apartado del conocimiento de la presente causa.
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» Actualidad
Conclusiones del V Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Penal
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Creación de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. Sanción de nuevas normas de procedimientos
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Creación de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. Sanción de nuevas normas de procedimientos
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Creación de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. Sanción de nuevas normas de procedimientos
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El Juez Rafael Gutiérrez fue electo Presidente de la Jufejus. “Es necesario que mejoren los presupuestos de los Poderes Judiciales de las Provincias”
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INADI: “Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación”
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SUBROGANCIAS. Acordada de la Corte Suprema de justicia de la nación
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» Novedades bibliográficas
“LOS LÍMITES DEL LEGISLADOR .Discurso penal y programa constitucional”, de Omar Gabriel Orsi. Editores del Puerto, Buenos Aires, 2007
Autoría: Sueiro, Carlos C.
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